Adopción de embriones

Cuando  una pareja o una mujer sola se somete a una fecundación «in vitro» no se suelen transferir todos los embriones obtenidos. La ley prohíbe insertar más de tres en el cuerpo de la mujer y los especialistas en reproducción huimos del implante triple para evitar los riesgos de un embarazo múltiple. La práctica más habitual en nuestro país es la transferencia de dos embriones, aunque buscamos la implantación de un único embrión.

Los embriones sobrantes se congelan y se almacenan en las clínicas de reproducción asistida. Pero ¿cuál es el destino de estos embriones sobrantes? En principio eran tres: destruirlos, donarlos para invertigación o volver a utilizarlos en ciclos posteriores, algo que no siempre es posible.

Cuando una pareja se queda embarazada de gemelos o cuando consigue una gestación a una edad ya muy avanzada, no suelen querer intentar un nuevo embarazo. El proceso legar que permite la adopción de embriones se gestó en 2003, cuando una modificiación de la Ley de Reproducción Asistida amplió las opciones que había hasta la fecha para los embriones sobrantes congelados. Hasta la fecha sólo se podía implantar a la propia mujer o donarlos a otras pacientes. Es decir, la adopción de embriones era legal, pero con una diferencia respecto a la situación actual: tenía que ser específica; es decir, la mujer o pareja que optara por no volver a utilizar los embriones sobrantes tenia que decir específicamente y por escrito que los cedia a otra paciente.

Pero existe un problema para saber lo que las parejas quieren hacer con sus embriones, muchas no contestan o no pueden utilizarlos y quedaban en el centro de reproducción, que sólo podían esperar a que acabara el periodo fértil de la mujer, algo que tenía que acreditarse con un informe médico, para poder destruirlos.

Lo que permitió la Ley 45/2003 fue dar respuesta a una situación que parecía no tener mucha salida y era la acumulación de embriones congelados en España, que para esa fecha se calculaba en torno a los 70.000.

La nueva legislación da al centro la propiedad de los embriones cinco años despues de su congelación y siempre que los padres no hayan respondidos a dos cartas que los centros le ha de enviar preguntado por el destino de sus embirones. De este modo los centros comenzarón a desarrollar los Programas de adopción de embriones.

A efectos prácticos, la adopción de embrioes es una técnica equiparable para unos padres a la fecundación «in vitro» con donantes de semen y de óvulos. Se busca donar embriones con fenotipos similares a los futuros padres.

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